UDGC: el acta que nunca llegó a su destino. Por JM Prades
Sevilla, 29 de mayo de 1989. Dos hojas, escritas por ambas caras, nombres, números de identidad y firmas. A primera vista, un documento administrativo más. Sin embargo, el acta fundacional de la Unión Democrática de Guardias Civiles (UDGC) que tenemos ante nosotros plantea una historia bastante más reveladora: la de un intento de formalizar una voluntad asociativa en un cuerpo donde aquella iniciativa podía acarrear consecuencias personales y profesionales.
El documento identifica a Manuel Rosa Recuerda, cabo de la Guardia Civil en activo, como promotor de la iniciativa. Su contenido no parece responder a una improvisación. Remite a una constitución anterior de la asociación y a una batalla judicial ya en marcha. La sentencia de la Audiencia Nacional del 5 de mayo de 1989, notificada el día 23, había desestimado el recurso contra la denegación de la inscripción registral. Seis días después de aquella notificación, el acta intentaba reforzar documentalmente la existencia de la UDGC mediante la identificación y las firmas de quienes respaldaban su constitución.
Pero aquí aparece el detalle que cambia el sentido de todo el documento: el acta nunca llegó a su destino pretendido, o al menos no consta que lo hiciera. Estaba destinada a incorporarse al recurso de apelación ante el Tribunal Supremo, pero ignoramos por qué no llegó a presentarse. ¿Se desistió de hacerlo? ¿Hubo dificultades para completar la recogida de firmas? ¿Intervinieron otras circunstancias? Por ahora, son preguntas sin respuesta. Atribuir una causa concreta sería convertir una laguna documental en una certeza inventada.
La paradoja es evidente. El documento invoca la Ley de Asociaciones y el artículo 22 de la Constitución, tratando de acreditar que detrás de la iniciativa existía una voluntad colectiva y no únicamente la actuación individual de un promotor. Sin embargo, esa prueba documental, preparada para una batalla jurídica, no habría alcanzado -según la información disponible- el órgano judicial al que iba dirigida. No sabemos si quedó incompleta, si perdió su utilidad procesal o si algún acontecimiento frustró su presentación. Su destino desconocido forma ya parte de su interés histórico.
El riesgo personal tampoco era una abstracción. La sentencia del Tribunal Constitucional 194/1989 documenta que Manuel Rosa había sido sancionado en agosto de 1987 con tres meses de arresto en establecimiento penitenciario militar por hechos relacionados con su iniciativa asociativa. No podemos afirmar que los firmantes de este documento sufrieran represalias por hacerlo, pero sí que el promotor conocía las consecuencias que podía tener aquella actividad.
La historia judicial continuó: el Tribunal Supremo desestimó la apelación en marzo de 1990 y, años después, la sentencia 291/1993 del Tribunal Constitucional reconoció la vulneración del derecho de asociación de Rosa y anuló las resoluciones impugnadas. No ordenó, sin embargo, la inscripción automática de la UDGC. El reconocimiento de un derecho y su efectividad administrativa siguieron siendo cuestiones distintas.
¿Qué ocurrió realmente con estas dos hojas? ¿Por qué no llegaron a su destino? ¿Quién decidió conservarlas? ¿Qué sabían sus firmantes de la suerte que esperaba al documento? No tenemos respuestas suficientes. Y quizá sea precisamente esa incertidumbre la que aconseja conservarlo, estudiarlo y evitar que las conjeturas ocupen el lugar de las pruebas.
Su valor no reside en demostrar que la UDGC culminó su constitución, sino en documentar un intento de hacerlo. También recuerda que la historia del asociacionismo profesional no se compone únicamente de organizaciones inscritas, sentencias y dirigentes conocidos. Está hecha de iniciativas que prosperaron, otras que se frustraron y documentos cuyo recorrido todavía desconocemos.
A veces, la historia no está solo en lo que ocurrió, sino también en aquello que alguien preparó para que ocurriera y nunca llegó a su destino.

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