ALEA IACTA EST
Frase histórica adjudicada ,el 10 de Enero del año 49, antes de Cristo, por JULIO CESAR, al cruzar el Rio Rubicón y con su Ejército, Legión XIII, declarar la guerra en las Galias. LA SUERTE ESTÁ ECHADA (Hoy, punto de no retorno). Han tenido que transcurrir, 40 años, desde aquel 20 de Septiembre de 1986, cuando presenté escrito dirigido al hoy ínclito Rafael Vera, Secretario de Estado de Seguridad, solicitando autorización para recoger las firmas necesarias, para constituir una Asociación Profesional, en la Guardia Civil.
Se le decía, al que después sería INDIGNO por secuestrar y torturar a un ciudadano francés, junto al Ministro del Interior José Barrionuevo; que la GUARDIA CIVIL, tras la entrada en vigor de la Constitución Española de 1978, no era FUERZAS ARMADAS (Art.8CE), si no, CUERPO POLICIAL, perteneciente a las FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO, a dúo exclusivo, con el Cuerpo Nacional de Policía, por aplicación del Art.104 de la Carta Magna (L.O.2/1986 de 13 de Marzo).
Ha llovido bastante, en tantos años, para agotada la vía española, de verdadera pena en una confabulación sin igual de los Jueces Ordinarios, Militares y Gobiernos, acudir a Tribunal Penal Internacional, haciendo ver:
1) El Tribunal Europeo de Estrasburgo, ya dictaminó en 2010, después de una despiadada lucha en dicho Tribunal, acerca del error aberrante, respecto a incluirse a un Cuerpo Policial (La Guardia Civil), entre los militares de las Fuerzas Armadas, admitiéndose a partir de esa lucha, ser revisado un recurso de Guardia Civil, en dicha instancia.
2) Se dictó Sentencia reconociendo a un Sargento:
A) No estar sujetos los Guardias Civiles al Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, al no ser Militares, los mismos.
B) No poderse aplicar el Código Penal Militar, a los Guardias Civiles, en Misión Policial (Art.104CE).
Merced a Recurso de Amparo del suscribiente, se legisló el REGIMEN DISCIPLINARIO ESPECIFICO DE LA GUARDIA CIVIL, que no contempla que un Mando pueda privar de libertad a un subordinado.
3) 100.000 Guardias Civiles fueron represaliados, por Mandos indignos, que no respetaron la Constitución y las Leyes, privándoles de libertad, sin ser JUECES DE CARRERA, si repajolera idea de los Derechos Fundamentales constitucionales en juego, que se han de ponderar, en cada Expediente Disciplinario.
4) DESLEGITIMACIÓN, que hace con vulneración al Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados, que por 298 votos, frente a 8 de Alianza Popular y 2 abstenciones, sacó a la Guardia Civil de entre los militares de las Fuerzas Armadas, que el franquismo manipuló y tergiversó.
5) Implantar el nazismo y la gestapo, dentro de la Guardia Civil, como forma de supervivencia, contra los Guardias Civiles, más significados de ser DEMÓCRATAS, al haber jurado derramar su sangre, por ésta. Operación COLUMNA, que se pide se enjuicie penalmente
A mayor abundamiento se deja preceptuado que se ilegaliza la INQUISICIÓN en España en 1834 y se crea su sustituto, la GUARDIA CIVIL en 1844, para reprimiendo internamente, cual secta adoctrinada, con lavado de cerebro subsiguiente, lograr una supervivencia actual, ya irrespirable en pleno siglo XXI, discriminada la misma, en sueldo, horas, turnos y conciliación familiar, respecto a los restantes Cuerpos Policiales en España, que persiste, con proliferación de suicidios, uno cada 16 días de media estadística, al pender silencio absoluto y casi SECRETO DE ESTADO, sobre ello, tan lamentablemente.
6) LAWFARE, de libro, por la sistemática ilegalidad y subsiguiente Prevaricación de Jueces Ordinarios, Fiscales y Abogados del Estado, de no respetar la constitucionalidad y legalidad de ser Competentes, en toda denuncia contra la represión de los Mandos, sin ajuste a ello igualmente, en la JURISDICCIÓN ORDINARIA (Art.8 L.O.2/1986 de 13 de Marzo), reiterando la aberración jurídica durante siglo y más de medio, a que se ha sometido a los Funcionarios de la Guardia Civil, sometidos a oposición, para que cuatro mentecatos, con ilegalidad manifiesta, hacer de su capa un sayo.
7) Desobediencia absoluta, a la Disposición Europea nº690, que regula los derechos y obligaciones de los Cuerpos de Seguridad Europeos, no sólo incumplidos por España, si no ,ignorados por tanto CORRUPTO, que dirigen la cúspide de los Cuerpos Policiales, la mayoría procesados hasta la presente y sentenciados en firme.
Hasta aquí lo principal de la denuncia, que abarca mucho más matices, jurisprudencia y doctrina internacional, que atañen, a la ilegal actuación represora con Expulsión del Sargento Páez, objeto de atentado terrorista, por un lado y la injuria divulgada por Florencio Garrido Vela, respecto al suscribiente, que en sede judicial internacional, tendrá que testimoniar en base a qué se hace divulgador de un delito imposible, cuya responsabilidad le señala sólo a él, a no ser que existan otros que confabulados actúen con premeditación delictiva, por precio o promesa, como cargo en la Asociación (AUGC)
Por último se expone y pide al TPI de la Haya, la ilegalidad de obligarse la pertenencia a ISFAS, cuando le corresponde a los Guardias Civiles, estar afiliados a MUFACE, como Funcionarios Civiles del Estado.
Dejándose constancia expresa del agradecimiento a los miembros de la Policía Nacional, Francisco López, José Sánchez y Tito, sin cuyo apoyo moral, hubiera sido imposible haber llevado a cabo, tan desigual LUCHA POR LA DEMOCRATIZACIÓN DE LA GUARDIA CIVIL, aunque las ratas, huyeran a las primeras de cambio.
Manuel Rosa Recuerda (Promotor de la UNION DEMOCRÁTICA DE GUARDIAS CIVILES)

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