Asociacionismo profesional en la Guardia Civil: entre la reivindicación selectiva y la contradicción estructural. Por JM Prades


Introducción 

El asociacionismo profesional en la Guardia Civil se ha consolidado, al menos formalmente, como el cauce legítimo de representación de los intereses de sus miembros. Sin embargo, tras más de quince años de existencia, resulta pertinente preguntarse si dicho asociacionismo ha alcanzado una coherencia doctrinal mínima o si, por el contrario, ha derivado en un ejercicio de reivindicación selectiva, donde se cuestionan determinadas consecuencias de la naturaleza militar del Cuerpo mientras se aceptan -y se promueven- otras cuando resultan ventajosas. 

Esta ambivalencia no es un mero matiz discursivo, sino un problema de fondo que afecta a la credibilidad, legitimidad y coherencia constitucional de muchas de las reclamaciones que hoy se formulan en nombre de la “modernización” de la Guardia Civil. 

La condición militar: ¿obligación o conveniencia? 

Uno de los ejemplos más evidentes de esta contradicción es la posición de gran parte del movimiento asociativo respecto al Código Penal Militar. Las asociaciones profesionales reclaman insistentemente que no se aplique dicho código en tiempos de paz, argumentando -no sin parte de razón- que la actividad cotidiana del guardia civil es eminentemente policial y no militar. 

Sin embargo, esa misma lógica se diluye cuando se trata del disfrute de infraestructuras y beneficios estrictamente militares, como las residencias de la Guardia Civil o de las Fuerzas Armadas. Estas residencias constituyen, sin discusión posible, una retribución en especie, financiada con fondos públicos, cuyo acceso está vedado al resto de policías y al conjunto de los ciudadanos. 

Aquí surge la pregunta incómoda: 
¿Puede sostenerse coherentemente que no se es militar a efectos penales y disciplinarios, pero sí a efectos patrimoniales y retributivos? 
¿Es jurídicamente defendible una condición militar “a tiempo parcial”, donde se rechazan los deberes y se conservan los privilegios? 

La lógica institucional es clara: o se es militar con todas las consecuencias, o no se es. Pretender una posición intermedia erosiona tanto el principio de igualdad como la seguridad jurídica. 

Retribuciones en especie y agravios comparativos 

El uso de residencias oficiales introduce además un doble agravio comparativo: 

  1. Interno, entre guardias civiles que pueden acceder a una residencia por razón de destino, escala o situación administrativa, y otros que no, pese a desempeñar funciones equivalentes. 

  1. Externo, respecto a otros cuerpos policiales que, aun teniendo sueldos equiparables o incluso superiores en términos nominales, no disfrutan de este tipo de beneficios encubiertos. 

Resulta especialmente llamativo que, mientras se exige la equiparación salarial con otras policías, no se integre en el cálculo global de la retribución el valor económico de estos beneficios en especie. La equiparación se plantea en términos de igualdad formal, pero se obvia deliberadamente la equidad real. 

Igualdad frente a equidad: un discurso incompleto 

Otro punto débil del discurso asociativo es la defensa casi dogmática de la igualdad retributiva, sin atender a factores objetivos como la carestía de la vida según la zona geográfica. Defender que un guardia civil destinado en una gran capital o en un archipiélago cobre lo mismo que otro en una zona rural de bajo coste no es igualdad: es una simplificación injusta. 

La equidad, principio constitucional implícito en la justicia distributiva, exigiría complementos reales y efectivos por zona, no discursos genéricos que ignoran la realidad económica del territorio. En este aspecto, el asociacionismo parece más cómodo en la consigna que en el análisis técnico. 

El Colegio de Guardias Jóvenes: un anacronismo constitucional 

Especialmente problemática resulta la persistencia del Colegio de Guardias Jóvenes, cuyo acceso sigue estando limitado, en la práctica, a hijos del Cuerpo. Aunque pueda justificarse históricamente, su mantenimiento en pleno siglo XXI plantea serias dudas desde la óptica constitucional. 

El principio de igualdad de acceso a la función pública y a la educación financiada con fondos públicos choca frontalmente con un modelo que excluye al resto de ciudadanos por razón de filiación. Que este asunto apenas aparezca en la agenda reivindicativa de las asociaciones dice mucho sobre los límites reales de su espíritu reformista. 

Representación y desafección: la baja participación electoral 

La baja participación en las últimas elecciones al Consejo de la Guardia Civil -en torno a un tercio del censo- no puede despacharse como un dato anecdótico. Es, más bien, un síntoma de desafección, de falta de confianza en la utilidad real del órgano y en la capacidad transformadora del asociacionismo. 

Cuando una mayoría silenciosa decide no participar, cabe preguntarse si el problema es únicamente del sistema o también del mensaje: un discurso que pide derechos civiles plenos, pero conserva privilegios corporativos, difícilmente puede generar consenso amplio. 

Conclusión 

El asociacionismo profesional en la Guardia Civil se encuentra ante una disyuntiva ineludible. O afronta con honestidad intelectual las consecuencias de la naturaleza militar del Cuerpo -para bien y para mal-, o seguirá atrapado en un relato contradictorio que debilita sus propias reivindicaciones. 

No es razonable exigir la desaparición de los deberes militares sin cuestionar al mismo tiempo los beneficios derivados de esa misma condición. La coherencia no es una cuestión ideológica, sino un requisito mínimo de legitimidad. Y en este terreno, el asociacionismo aún tiene mucho que explicar y, sobre todo, que decidir. 

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