Manual de la guardia civil. Reglamento para el servicio. 1943. Obituario.


 Emulando a Michael Portillo acompañado de su guía Bradshaw's de 1913 para sus viajes ferroviarios, mi guía será el manual de la guardia civil de 1943 para este viaje introspectivo.

Entre las muchas curiosidades del libro, el Art. 47.  Se prohíbe a todo individuo del Cuerpo el uso de recomendaciones para lograr la resolución favorable  de sus peticiones oficiales; lo contrario implica una provocación a la injusticia. El que tal intente será severamente castigado.

Art. 65.º  En cada Tercio y Comandancia habrá un Comandante o Capitán que, bajo la dependencia del Jefe de la Unidad, le auxiliará en el desempeño de las misiones encomendadas al Servicio de Información.

Este Servicio de Información es del mando, no del público ni Autoridades.

Art. 66.º  El cometido especial de este Servicio es el de tener informado al Mando, en sus distintos escalones, de las noticias y situaciones de carácter militar, político-social y particulares del Cuerpo en su demarcación.

Confeccionará  los ficheros de los individuos sospechosos y con antecedentes penales o político-sociales, cuyos datos obtendrá o recibirá de Puestos, Secciones y Compañías, remitiendo copia a la segunda Sección de E.M. de la Dirección General.

En una época en la que el clero tenía mucha influencia, entre otros estamentos, no parece de muy estricta aplicación el citado artículo 47, todo lo contrario de la honestidad e integridad que pregona, dicho de otro modo, corruptela. Hasta nuestros días, de otro modo no se explica las ingentes vacantes de libre designación.

El enchufismo no solo desmotiva a quienes buscan progresar con su propio talento y trabajo, sino que también impide que los espacios laborales, académicos o políticos cuenten con los mejores perfiles para desempeñar sus funciones. Cuando las decisiones se toman en función de las relaciones y no de la competencia, el rendimiento y la eficiencia se ven comprometidos, afectados.

Para combatir el enchufismo, es fundamental fomentar una cultura de transparencia y equidad en los procesos de selección y promoción. La implementación de criterios claros, evaluaciones objetivas y mecanismos de supervisión ayuda a garantizar que las oportunidades sean accesibles para quienes realmente las merecen. Solo así se puede construir una sociedad más justa, donde el mérito y el esfuerzo sean reconocidos y recompensados.

El enunciado de la última frase del artículo 65 sugiere que la información recolectada y analizada está destinada exclusivamente a servir al mando o liderazgo de una estructura jerárquica, ya que su propósito es apoyar la toma de decisiones y garantizar la seguridad o eficacia de las operaciones. No está diseñado para ser divulgado al público ni necesariamente compartido con otras autoridades que no formen parte de la cadena de mando.

Desde una perspectiva operativa, este principio busca evitar la filtración de información sensible que pueda comprometer misiones, estrategias o la seguridad de una organización. Sin embargo, también plantean cuestionamientos éticos y legales en ciertos contextos. En sociedades democráticas, el acceso a la información y la transparencia son valores esenciales, por lo que la opacidad absoluta puede generar desconfianza y abuso de poder si no existe.

 En última instancia, la aplicación de este principio debe encontrar un equilibrio entre la seguridad y la responsabilidad institucional. Si bien es cierto que no toda la información debe ser de dominio público, también es fundamental que existan controles internos y externos que eviten el uso indebido de la información en perjuicio de la sociedad o de los valores que la organización dice proteger.

Lo cierto, que España en 1943 es una dictadura y la Guardia Civil forma parte del ejército. En la actualidad, de facto sigue siendo militar, sus miembros pertenecen al ISFAS, incumpliendo claramente la Constitución que los distingue sin lugar a dudas de las FAS, cuando deberían pertenecer a MUFACE. La coherencia será tema de otra reflexión.

Los ficheros a los que hace referencia en artículo 66 existían en 1982 en forma de cartulinas de distintos colores en los Puestos de la Guardia Civil. ¿Nadie pensó que eso era incompatible en democracia? Su mera existencia en esas fechas era una aberración y reticencia en un Estado democrático y de derecho.

Cuando se etiqueta a alguien por su afiliación política o ideológica, en lugar de por actos delictivos comprobados, se corre el riesgo de criminalizar la disidencia y restringir libertades fundamentales como la libertad de expresión, de asociación y de pensamiento. Además, la existencia de estos ficheros puede fomentar la vigilancia masiva, la discriminación y el abuso de poder por parte de quienes controlan la información.

En memoria de un gran compañero y amigo.

Hoy se cumple un año del fallecimiento de José Manuel Sánchez Fornet, Policía Nacional, Sindicalista, activista por los derechos humanos y contra la corrupción, un hombre íntegro, comprometido y valiente con quien tuve el honor de trabajar codo con codo en la lucha por la readmisión de aquellos guardias civiles que fueron expulsados ​​injustamente. Su incansable entrega a la justicia y su firme defensa de los derechos de quienes fueron apartados de manera arbitraria dejaron una huella imborrable en todos los que compartimos su lucha y compromiso.

Su ausencia sigue pesando, pero su legado de dignidad y perseverancia nos acompaña. Que su ejemplo nos siga inspirando a luchar por lo que es justo. Descansa en paz.

 

José Miguel Prades

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